¿Cuándo soy y cuando dejo de serlo?
Creo que ésta es la eterna
interrogante en la mayoría de los jóvenes del país. Hoy en día no se sabe cuándo
se es joven. Y no me refiero a los que son de corazón. No, esos no cuentan.
Ellos lo saben siempre.
Me refiero a la reglamentación
jurídica que regula el actuar de este importante rubro de la sociedad mexicana.
Estoy plenamente convencido que esta incógnita
es como resultado de que existen deficiencias en la terminología plasmada en
las leyes, mismas que no dan certeza a la población que se ubica entre los 14 y
los 32 años de edad.
Pero ¿de qué estamos hablando? sencillo:
no existe una uniformidad legal en cuanto al criterio de ubicar a un joven como
tal.
Hace ya varios ayeres, la Comisión Nacional
de Derechos Humanos hizo un llamado a las diversas legislaturas locales en el
país para que legislen en esta materia actualizando su marco penal.
Pero ¿será acaso que solo el marco
penal requiere su actualización? Lo pregunto porque, a mi juicio, existen
algunas inconsistencias en las leyes mexicanas, mismas que quisiera compartir
con ustedes.
En principio, me voy a remitir a
la Ley Federal del Trabajo. En este rubro, se entiende
como MENORES a aquellos que se encuentran en el rango de los 14 a los 16 años.
No se les limita a trabajar, pero éste se realiza bajo consentimiento tutelar.
Luego entonces, si alguien tiene 17 años ya no es menor y por tanto: es JOVEN.
En materia económica, la
población económicamente activa (PEA) que periodo tras periodo analiza el INEGI
en materia de indicadores, contempla a las personas que tienen 18 años
cumplidos y de ahí en adelante. Es decir, para la materia económica, si tienes
17 años no generas riqueza, contraponiéndose con ello a lo que señala la Ley
Federal del Trabajo que si te permite trabajar y como consecuencia : generar
riqueza.
En materia electoral, el
Instituto Nacional Electoral te determina que solo si tienes 18 años puedes
acudir a votar por tener la condición de ciudadano mexicano.
Es decir, si tienes 17 años no tienes ni voz ni
voto en la construcción de la democracia y no puedes decidir quién te gobernará
de acuerdo a las leyes mexicanas por ser menor de edad, PERO LA LEY DE ENFRENTE TE PERMITE QUE TRABAJES. O sea : si puedes sudar pero no pensar para decidir.
Agregado a esto, el mismo Instituto
Nacional Electoral llevó a cabo
una intensa jornada entre todos los mexicanos en el año de 1997 para las
votaciones en pro de los DERECHOS DE LOS NIÑOS, ubicando
dentro de estos a todas aquellas personas que no rebasen los 18 años. Es decir,
de los 12 hasta los 17 años. Dicha jornada recibió una copiosa respuesta,
participando – según datos del propio INE- 3,709,704 niños y niñas de
México.
O sea: a los 17 años eres NIÑO para
votar, pero ya eres JOVEN y puedes trabajar, pero a la vez tu
trabajo no genera riqueza ya que por la edad no se considera como indicador
económico. ¿Qué cosas, no?
Por otro lado, la Asamblea
General de la ONU convocó a una Sesión Especial con el fin de
analizar los progresos alcanzados desde la Cumbre Mundial en favor de la
Infancia de 1990 y renovar el compromiso internacional en favor de los derechos
de la niñez.
Esta sesión culminó con la
aprobación oficial por parte de 180 naciones de un documento final, titulado
"Un mundo apropiado para los niños", en el que se
acordó por unanimidad un nuevo programa a favor de los niños del mundo. Aquí
también se les ubica con menos de los 18 años de edad.
Ah, pero esto no acaba aún, ya que
en materia penal no cantamos mal las rolas (iba a poner “rancheras”
pero no va acorde con el tema juvenil).
De acuerdo a la Secretaria de
Seguridad Pública del gobierno federal, se considera como menores
infractores a aquella niña, niño o adolescente entre 11 años cumplidos y 18
años incumplidos, quien realiza algún acto u omisión sancionado en los códigos
penales y a través de un procedimiento legal y administrativo ante las
autoridades del Consejo de Menores y Comisionados se le determina como
"infracción", las cuales son diferentes a las violaciones a las leyes
cívicas o reglamentos de policía y buen gobierno, las cuales son atendidas por
un Juez Cívico o de Paz.
"Cuando un adulto comete delitos, se dice
que es un delincuente. Cuando un menor comete infracciones, se dice que es un
menor infractor.”
Estimado lector: créanme que mi
capacidad de asombro se puso de manifiesto al extremo.
Lo que pasa en México, derivado de
lo que señalan sus propias leyes es que si tienes 17 años puedes trabajar en
cualquier empresa porque la ley federal del trabajo no te considera como un “
menor “ por no estar en el rango de edad de los 14 a los 16 , pero para el
sistema de seguridad pública en México si lo eres y eres castigado como “menor
infractor”. ¿Cómo lo ven?
Además, no puedes votar por tener 17
años, pero si puedes generar riqueza a través de tu trabajo y contribuir al
desarrollo de la ECONOMIA del país. ¡UFF!
Y aún hay más – como diria un
conocido presentador televisivo de los años 80’s - La
Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno Federal tiene un
programa denominado “Jóvenes por México”.
En dicho programa, se tiene como
foco de atención a los jóvenes con educación obligatoria terminada mayores
de 15 años, en municipios de microrregiones donde no existan instituciones de
educación media superior o superior.
Pero el colmo: dentro de la propia Secretaría
existe el programa ESTRATEGIA JOVENES POR MEXICO, el cual, dentro
de su perfil documental, establece que busca apoyar a JOVENES entre 19 y
29 años de edad.
Y ahí les va la cereza del pastel :
el Instituto Mexicano de la Juventud perteneciente al gobierno
federal tiene considerado dentro de sus programas dirigidos a los jóvenes de
México, la realización y entrega del PREMIO NACIONAL DE LA JUVENTUD,
el cual, dentro de los requisitos para participar en él, establece el rango de
edad que oscila entre los 12 a 29 años.
¿En qué quedamos pues?
Y por último, se hace necesario
mencionar la edad de los jóvenes en materia política, toda vez que dependiendo
del partido político del que se trate, se es JOVEN a los 17, 29 o 35
años de edad.
Por todo lo anterior, considero que
hay mucho por hacer en materia juvenil y la uniformidad de los criterios
manejados en las propias leyes mexicanas.
No se trata solo de adornar la política
sectorial con programas que ATIENDAN A LA JUVENTUD DEL PAIS.
De lo que
verdaderamente se trata es de
tener congruencia entre las disposiciones en las leyes del país.
No es posible que para una ley se
considere JOVEN a los 17 años y para otra seas un NIÑO a esa edad.
No es posible que puedas matar y ser
considerado como “ menor “ a los 17 años y a la vez la ley te reconozca
capacidades para sumir derechos y obligaciones a esa edad y te autoricen
permiso para trabajar.
No es posible que a los 17 años si
puedas trabajar y apoyar a una empresa a alcanzar sus objetivos lucrativos pero
no puedas ser considerado como parte de la población económicamente activa.
En resumen: no es posible que un
mismo mexicano o una misma mexicana a los 17 años, sea NIÑA, MENOR o JOVEN
dependiendo de qué ley se le aplique.
Considero que debe de haber un
análisis profundo al respecto y buscar la uniformidad de criterios para no
confundir más a la ya de por sí confundida juventud.
¿Y tú que eres?
¿Niño, menor o joven?
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